LOS TERRORISTAS QUE DICEN LUCHAR CONTRA EL TERRORISMO

domingo, 5 de julio de 2009

Estimados miembros del TRICEL.


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He sido objeto de intentos de marginarme del directorio saliente, a pesar de ser uno de los apoderados confirmados en asamblea.

La medida de expulsión del directorio solicitada por la actual presidenta Doña Yilian Soto no existe en los estatutos. Lo que existe es la expulsión del Centro de Padres y para ello se requiere de los dos tercios de los votos, excluido el voto del director expulsado. Esa proporción no fue alcanzada al votar 5 a favor de la expulsión y 3 en contra lo que representa menos de dos tercios. Por lo tanto, no corresponde la expulsión estatutariamente. Además, la señora Yilian no llamó a una reunión expresamente para ese objetivo, sino que lo intentó en una reunión ordinaria y al hacersele ver el error por parte de directores que no estaban de acuerdo con su proposición, ella declara que termina la reunión ordinaria y llama inmediatamente a una extraordinaria en la que pide nuevamente la votación. Conclusiones: Primero: la presidenta ignora los procedimientos a seguir por lo que improvisa formas, eludiendo los fundamentos de los procedimientos exigidos. Segundo, desconoce y trata de hacer parecer que 5/8 son dos tercios, mientras que para cualquier persona que sabe dividir, el cuociente es menor que dos tercios. Tercero, debe comunicarlo por carta certificada, carta que no me ha llegado. Cuarto. Envío dos notas adjuntas en las que sugiero reconsidere o retire la solicitud de expulsión, cartas que no ha contestado, demostrando una animosidad impropia de un presidente de un Centro General de Padres.

Por otro lado ha planteado una serie de acusaciones basadas en hechos a los que ha adornado de tal modo que los ha transformado:

1.- Supuesta falta de respeto con una profesora, la Señora Pamela Ruz, que le habría entregado una carta, cuestión que contradice los dichos de la Directora, la Inspectora General y la profesora misma, que en reunión posterior con el afectado declaran que ellas no se entrometen en los asuntos del centro de padres. Solicito que se le pida la carta y se use como medio de prueba. Solicito que el TRICEL evalúe si es adecuado que un Presidente de un Directorio acepte sin investigar y sin solicitar la versión del acusado un juicio sobre una persona que hasta antes de las contradicciones vividas a propósito del proceso de rechazo de L.G.E. había sido considerado como un apoderado cooperador y muy activo. Cabe hacerse la pregunta. ¿Qué podrían esperar los otros directores, frente a este comportamiento?. ¿Tendrá confianza en el resto de los directores?.
2.- Declaración de un anterior intento de quitarme la calidad de apoderado por parte de la Inspectora General, de la cual se acordaba hasta de la fecha mejor que yo. Asunto que fue revertido en aquella ocasión por decisión de la entonces subdirectora, después de una conversación con ésta y la señora Carmen Gloria Vega, promotora de dicha acusación.. Pido que el TRICEL le solicite responder la pregunta de cómo obtuvo dicha información tan precisa (incluida la fecha) y con qué propósito. Además, pido que el TRICEL evalúe si esto calza con las causales por las que se podría solicitar la expulsión del CGP, en tanto son hechos ocurridos con anterioridad a mi participación en el CGP y que ya habían sido resueltos a mi favor en un solo acto de conversación con la Dirección, la que además estimó conveniente invtarme a participar en instancias de modificación del reglamento y al mismo CGP.
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Por otro lado, solicito considerar los siguientes hechos que ruego sean verificados:


1.- La señora Yilian fue partícipe de una decisión en la que apoyó la propuesta de desalojar a las niñas de la toma (toma no votada), ante lo cual yo presenté un serio reclamo, indicando que me parecía una actitud impropia de un Presidente y de cualquier director pretender desalojar con carabineros a las hijas de otros apoderados a sabiendas que carabineros actúan con violencia desmedida. Incluso afirmé en esa ocasión que me parecía una actitud de miseria intentar resolver los asuntos de la comunidad con esas medidas. En esta ocasión estuvo participando también el Director Jorge Patricio, quien me llamó y llamó a otros directores para preguntar si yo también apoyaría esta decisión. En esa ocasión propuse que la única forma de no exponer tal conducta a la comunidad en la próxima asamblea era que hubiera un reconocimiento entre el directorio de lo indebido de la actitud y hubiera, además, un compromiso de no repetir dicha acción. Lo que se hizo, En esa ocasión Yilian reconoció que era errada la decisión y en la asamblea siguiente, por lo tanto, sólo expresé el compromiso de los directores de no resolver los asuntos o problemas con las niñas llamando a carabineros sin mencionar que eso habia ocurrido (hoy considero que fue un error mío el no exponer públicamente dicho asunto). Solicito se analice si este proceder mío debería ser considerado como un proceder que se enmarca dentro de las causales para expulsar a un director.
Solicito que se pregunte a Yilian Soto si son verídicos estos hechos. Solicito que se analice si es ético que un Presidente del directorio del CGP apoye una decisión de desalojo de ese tipo, considerando que luego de una conversación de otros apoderados con las niñas y una discusión entre ellas, éstas resuelven bajar la toma. Solicito que se analice si es adecuado que una decisión de esa importancia se pretenda tomar mediante llamadas telefónicas a otros directores, que no conocían los hechos y que en su mayoría obviamente se opusieron. Esto para mostrar que más bien la presidenta tendría comportamientos que presuntamente desprestigian al CGP.

2.- En una reunión anterior a este intento de expulsión, Yilian había planteado al directorio la propuesta de que yo dejara de ser secretario y me dedicara sólo al trabajo con la comisión de educación. Uno de los argumentos principales presentado por ella, fue el que yo hiciera política en el directorio, cuestión que no aclara suficientemente, ya que las discusiones giraban en torno a la realización de una declaración que se había decidido hacer en una reunión anterior en una votación dividida de 5 votos a cuatro. Varios directores confirman y recuerdan dicha votación. En esta ocasión Yilian solicitó que se votara sobre el comportamiento del director Leonardo Beltrán y el director señor ASHLEY VELOSO increpó a la presidenta para que aclarara qué es lo que se pedía votar, si eso era la salida de mi persona del directorio o no. Luego de esta solicitud y de algunas declaraciones de los directores se desata una discusión muy acalorada entre Ashley y la Presidenta que aparentemente provoca el llanto incontrolado de una de las directoras (Verónica) que finalmente renuncia frente a esta situación de conflictos del directorio. Luego de algún silencio, la Presidenta también desata en llanto y Jorge Patricio se acerca a consolarla declarando lo siguiente: "Hay dos personas que yo odio en este mundo, a Pinochet y a Allende". Pregúntese, por qué Jorge Patricio dijo esto?.

Recuerdo que en esa ocasión indiqué que consideraba que pretender que yo no entregara mis opiniones personales en el seno del directorio por ser tachadas de políticas o por tener una posición política o pretender que no entregara mis opiniones personales a mi nombre en otras instancias era improcedente, pues la decisión de formar una comisión de educación para discutir los contenidos de la LOCE y la LGE había sido tomada por el directorio por unanimidad y la decisión de hacer una declaración pública, posterior a una encuesta que también se hizo, era otra decisión del directorio en este caso dividida 5 a 4. Se cuestionó que yo hiciera una declaración personal, cuando las declaraciones personales no estuvieron prohibidas para ninguno de nosotros, ni siquiera para la misma Yilian que ha hecho declaraciones personales en público en reiteradas ocasiones, sin que por ello se le haya reprochado hacerlas, ni pedido su expulsión.

Solicito se verifique con los restantes directores si lo narrado es cierto con el propósito de establecer si alguna de mis conductas en este sentido se enmarca dentro de las causales indicadas en los estatutos para solicitar mi expulsión.

Hay una serie de otros hechos que estoy dispuesto a narrar si el TRICEL lo considera pertinente. Sostengo que se ha pretendido deliberada e indebidamente excluirme del directorio y de esta elección.

Sostengo además que dado que los hechos me dan la razón respecto a la no validez ni legitimidad de los intentos de expulsión por la vía de la tergiversación o por consideraciones estatutarias, se ha intentado hacer además por la vía de involucrar a los profesores y en concomitancia con algunos de ellos (al menos dos: La inspectora general, la que no es la primera vez que lo intenta y la profesora jefe de mi hija menor a las que estoy acusando formalmente ante el Ministerio y el Provincial de Educación, de presión psicológica indebida y de exageración de los castigos ante hechos que no son graves, pero que de manera similar a como lo ha hecho Yilian, se adornan de modo de hacerlos aparecer graves para decretar su condicionalidad en el colegio.)

Narro a continuación las pruebas de esto:

Al intentar asistir a la última reunión de delegados y presidentes de curso, el auxiliar de la puerta del Carmela, Don Julio, se apresura a cerrar la puerta para que yo no entre y me indica que se le ha ordenado que no me deje entrar al colegio. Al preguntar quién le había dado dicha instrucción el declara que fue el Centro de Padres. Al insistir en que me dijera el nombre de la persona que lo hizo, el dice que es sólo mandado. Al indicarle que el no puede recibir ordenes de personas del Centro de Padres y recordarle que el depende sólo de las autoridades del colegio, el responde que es sólo mandado y que no puede hablar. En seguido llamo a un apoderado que se encontraba en la reunión y le pregunto si sabe algo de por qué se me está prohibiendo la entrada al colegio, me comunica que en ese momento Yilian Soto (ella misma, la presidenta del CGP) está declarando a la asamblea que el Consejo de Profesores habría resuelto que yo dejara de ser apoderado del Colegio. Le indiqué mi extrañeza, pues yo no había recibido ninguna comunicación al respecto y que no me explicaba cómo Yilian Soto había conseguido dicha información, si es que era cierta.
Frente a estos hechos yo llamo el día de ayer a la Directora quien me comunica por teléfono que sí se había tomado tal resolución y que ella no sabía cómo Yilian se había enterado de tal resolución. Le indico que aún esperaba su llamada (había comprometido llamarme, pues habíamos acordado hacer una reunión con la Inspectora Carmen Gloria Vega, la Profesora Jefe de mi hija menor, Pamela Ruz y ella para aclarar finalmente mis reclamos por la anotación indebida de mi hija menor y el maltrato psicológico del que había sido objeto). Finalmente acordamos hacer la reunión de inmediato y Doña Carmen Gloria Vega relata las anotaciones que mi hija tenía, entre las que estaba la que había sido calificada de falta grave, pero a la que se había agregado una nueva anotación por asomarse por una ventana del tercer piso subida en una silla (con peligro de muerte según ellas).

Los hechos que prueban que ha habido maltrato psicológico los narro a continuación, pidiendo al TRICEL que evalúe el siguiente razonamiento, con el objeto de aclarar si se me está causando daño deliberado al intentar evitar indebidamente que este apoderado sea miembro de la directiva actual y de la directiva futura del CGP.

Temo que el objetivo final de las personas concomitadas en contra de mi persona sea expulsar a mi hija menor del establecimiento, pues evaluarían que de esa forma se deshacerían prontamente de este apoderado, ya que mi hija mayor está en tercero y sólo quedaría un año de estudios el 2009.
La evidencia de que querían dehacerse de este apoderado está en la resolución arbitraria y sin fundamento ético tomada por el consejo de profesores, que emite un juicio de falta de respeto de este apoderado por discrepar de la calificación de grave de la acción de mi hija menor que paso a relatar y por solicitar a las autoridades que no usen métodos de presión psicológica indebida sobre mi hija. Solicito que el TRICEL evalúe los hechos para discernir si se está actuando indebidamente por parte de la Inspectora General y la Profesora Jefe de mi hija menor y finalmente por la Directora de este Colegio a la que he pedido su intervención para sanjar razonablemente este indeseable conflicto, pero que no lo ha hecho como lo hizo la primera vez, quedando resuelto de inmediato en la conversación que tuvimos entre las partes. En esta ocasión no ha hecho la declaración de la primera vez que resolvió el primer conflicto de inmediato.


Los hechos:

Se acusa a mi hija de una falta grave por haber pasado por una ventana que está en el primer piso a una altura cercana al metro y que es considerada como vía de escape. Esto ocurrió en el transcurso de la primera TOMA y debido a que la Inspectora General (la misma involucrada en los anteriores hechos) había cerrado las puertas del edificio y a que otras niñas habían abierto antes la ventana y pasado para sacar sus cosas. Posteriormente es llevada a la Inspectoría junto a otras dos niñas en la que la profesora jefa y la Inspectora General las interrogan sobre cómo habrían abierto la ventana, ante lo que Pamela responde que ellas no habían abierto la ventana y que habían pasado por ahí pues estaba abierta y la puerta del edificio estaba cerrada y sus cosas estaban en la sala. Luego se le pide que escriba ella misma la anotación, anotación que hace a pesar de no querer hacerla, y al escribir que ellas habían entrado por la ventana á sacar sus pertenencias debido a que la Inspectora había cerrado las puertas del edificio, la profesora le dice que “no sea cerrada de mente”, que haga la nota como si ella fuera la Inspectora General.

Mi reclamación es que discrepo de que es sea una falta grave el paso por dicha ventana, toda vez que es exagerado decir que coloca en peligro su integridad física y toda vez que dicho paso es provocado por la decisión de la Inspectora General de cerrar las puertas sabiendo que las niñas requerirán sus pertenencias. Incluso más, no considero que sea necesariamente una falta, aunque propuse que si se insistía en la anotación se le quitara el calificativo de grave, se agregara que estaba en el contexto de una toma, que era para sacar sus pertenencias y que la inspectora general había cerrado los accesos. Eso no fue aceptado en la primer entrevista, pero sí fue aceptado parcialmente en la de ayer, aunque se insistió en el calificativo de grave (este punto es el que define la condicionalidad y su posible expulsión).

Reclamo que es indebido hacer que las niñas hagan dicha anotación y que es también y por sobre todo una presión psicológica de maltrato el catalogarlas de “cerrada de mente” al no hacer la declaración como si ellas fueran la inspectora general.

El negarme a firmar esta anotación, discrepar del carácter de grave y cuestionar la condicionalidad de Pamela, así como frente a estas actitudes discriminatorias declarar que haré las demandas que la situación amerite, es considerado una falta de respeto a los profesores. Un intento de ocasionarles miedo. Una amenaza grave. Es decir, el amenazado de expulsión es acusado de amenazar. Al que no se le respetan sus derechos de disentir y de defensa se le acusa de falta de respeto y se le pretende quitar la calidad de apoderado. A quien defiende a su hija frente a presiones psicológicas indebidas se le acusa de conflictivo y se le amenaza con la condicionalidad de su hija de doce años. ¿Dónde están los derechos?.

Solicito que el TRICEL evalúe si el juicio emitido por el consejo de profesores, es arbitrario y en realidad un prejuicio, toda vez que se dicta sanción con la sola acusación unilateral de una de las partes, no se permite una defensa previa y la posible re consideración tardía serviría de excusa a la presidenta del CGP, de la que existe presunciones fundadas de concomitancia con algún (os) profesores o autoridades, dado el manejo de información privilegiada y ante presunciones fundadas de haber, además, dado órdenes para coartar mi derecho a entrar al colegio, todo esto con el fin de dañar mis derechos y excluirme del actual directorio y del siguiente, es que solicito que sea aceptada mi postulación, dejando que la comunidad juzgue democráticamente con su voto si debo estar o no en el directorio.